TEPJF propone invalidar proceso de revocación de mandato

17 de Julio de 2025

TEPJF propone invalidar proceso de revocación de mandato

La Sala Superior del Tribunal indicó que el ejercicio democrático no alcanzó el porcentaje de participación requerida para ser vinculante, el cuales de al menos 40% de la lista nominal de electores del INE

Realizan conteo de papeletas de la consulta Revocación Ciudadana en la casilla especial de Patio Toluca.

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 10ABRIL2022.- Realizan conteo de papeletas de la consulta de Revocación de Mandato después de haber sido cerradas a las 18:00 horas la casilla especial instalada en Patio Toluca, la cual tuvo gran participación a diferencia de otras casillas. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

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Crisanta Espinosa/Crisanta Espinosa

TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 10ABRIL2022.- Realizan conteo de papeletas de la consulta de Revocación de Mandato después de haber sido cerradas a las 18:00 horas la casilla especial instalada en Patio Toluca, la cual tuvo gran participación a diferencia de otras casillas. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM
Foto: Cuartoscuro

El proceso de revocación de mandato podría declararse improcedente por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La Sala Superior del Tribunal indicó que el ejercicio democrático no alcanzó el porcentaje de participación requerida para ser vinculante, el cuales de al menos 40% de la lista nominal de electores del Instituto Nacional Electoral (INE).

Recordó que el porcentaje de participación fue de 17.77% del listado nominal, por lo que no se alcanzó el requisito necesario.

El proyecto, sostiene que no ha lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de revocación de mandato del titular del Presidente electo para el periodo constitucional 2018-2024, “al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución general”.

El documento indica que no puede seguirse la consecuencia jurídica de que el proceso revocatorio sea válido en el sentido usado por el Constituyente permanente.

“De este modo, si no se alcanzó el umbral constitucional requerido, mucho menos puede tener aplicación la regla constitucional que exige la mayoría absoluta”, se señala.

Cabe recordar que la Sala Superior recibió 14 demandas para impugnar el acuerdo del Consejo General del INE en el que se realiza el cómputo total y la declaratoria de resultados. DJ

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