INAI ordena a Cofepris informar sobre tratamiento Covid
El INAI asegura que la Cofepris incurre constantemente en la falta de respuesta a solicitudes de información

CIUDAD DE MÉXICO, 26MARZO2021.- El medicamento Factor de Transferencia o por su nombre de patente “Transferon” desarrollado por la Unidad de Desarrollo en Innovación Médica y Biotecnológica (UDIMEB) de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas (ENCB) del Instituto Politécnico Nacional (IPN) continúa siendo evaluado para su aprobación como auxiliar para el tratamiento para prevenir una infección grave por covid-19. En las instalaciones UDIMEB, el desarrollo del “Trasnferon” se lleva a cabo de forma constante siguiendo medidas extrictas sanitarias en diversas esclusas, donde el principio activo, el cual es un extracto dializable de leucocitos (células sanguíneas), se somete a diversos procesos para llegar al producto final que es el factor de transferencia el cual principalmente es destinado a personas con diversos padecimientos autoinmunes, infecciosos y crónico-degenerativos. Actualmente el “Trasnferon”, continúa siendo incluído en protocolos sanitarios a nivel mundial para aprobar su posible alternativas terapéutica contra el SARS-CoV-2. FOTO: MARIO JASSO /CUARTOSCURO.COM
/Mario Jasso/Mario Jasso
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ordenó Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) publicar sobre el principio activo utilizado para tratar Covid-19.
A través de un comunicado, la Cofepris indico que se debe publicar la información relacionada con la expedición de registros sanitarios del principio activo ACALABRUTINIB; utilizado en el tratamiento de adultos con leucemia linfocítica crónica y para el virus de la pandemia.
“Desde este Instituto hemos observado un patrón en el que incurre constantemente la Cofepris: la falta de respuesta a solicitudes de información, lo que representa una violación al derecho de acceso a la información que en el INAI estamos mandatados a proteger”, afirmó la Comisionada Norma Julieta Del Río Venegas.
En el asunto, una persona solicitó a la Cofepris conocer si, del 2010 a la fecha, había expedido registros sanitarios respecto del principio activo ACALABRUTINIB; la persona requirió que se le proporcionara la fecha de expedición, datos del titular del registro, denominación del registro, denominación distintiva; así como las modificaciones y cualquier autorización que, a la fecha, haya expedido la Cofepris al respecto.
Sin embargo, la Cofepris le solicitó a la persona recurrente una prórroga de diez hábiles para responder la solicitud de acceso a la información; pero, inconforme por no recibir respuesta, la persona recurrente presentó recurso de revisión ante el INAI.
Cofepris incumple
En respuesta, la Cofepris indicó que, a través de la Subdirección Ejecutiva de Fármacos y Medicamentos, realizó una búsqueda exhaustiva de información, “pero no identificó de manera precisa el o los documentos que pudieran contener la información solicitada”.
En el análisis realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, se concluyó que Cofepris no dio trámite a la solicitud de acceso.
Además, de la revisión a los alegatos, se concluye que si bien el sujeto obligado realizó la búsqueda en una de sus unidades administrativas que resultaron competentes; ya que no se realizó el procedimiento en su totalidad, pues no consultó a dos unidades administrativas competentes para conocer lo requerido. DJ
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