Juez ordena al Estado mexicano no deportar niños migrantes

13 de Mayo de 2024

Juez ordena al Estado mexicano no deportar niños migrantes

Una asociación civil señaló omisiones en el trato y protección a menores migrantes por parte del SIPINNA

Los niños migrantes que llegaron en caravana durante octubre y noviembre de 2018 no pueden ser deportados y deberán tener el estatus de refugiados, otorgado por el Estado mexicano, así lo determinó el juzgado segundo de Distrito Auxiliar de la Primera Región con residencia en la Ciudad de México.

Una asociación civil señaló omisiones en el trato y protección a menores migrantes por parte del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).

En la sentencia dictada por el juzgador Jonathan Bass Herrera, también se fijo que las autoridades deben elaborar un “plan institucional con características específicas para conocer el número de menores de edad, sus condiciones y necesidades, así como para conocer tales datos respecto de niñas, niños y adolescentes que ingresen al país de manera masiva más adelante”.

Además dichas autoridades “otorgaran el reconocimiento ‘prima facie’ de la condición de refugiados a los menores de edad que ingresaron al país en las caravanas”, señala la resolución.

El juzgado federal también propuso la elaboración de un parámetro de constitucionalidad especializado en menores en contexto de movilidad humana a partir de criterios jurisprudenciales emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos con la finalidad de reconocer la obligación estatal de implementar, al menos, dos medidas de protección especial para salvaguardar los derechos de los menores de edad que ingresen al país de manera masiva.

NR

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