Ley de Amparo: Arturo Zaldívar propone cambios a la reforma para evitar retroactividad
El Congreso analiza la reforma a la Ley de Amparo; el exministro Arturo Zaldívar plantea cambios para garantizar certeza jurídica y evitar interpretaciones retroactivas

Arturo Zaldívar propuso ajustes a la reforma de la Ley de Amparo para aclarar que no habrá retroactividad, en línea con la Constitución y la SCJN.
/Foto: Presidencia
Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, planteó modificaciones al proyecto de reforma de la Ley de Amparo, actualmente en análisis en el Congreso de la Unión. El objetivo, explicó, es dar certeza sobre la no aplicación retroactiva de la legislación, luego de las críticas que surgieron en torno a este tema.
Reforma de la Ley de Amparo: “No estamos a favor de la retroactividad”
Durante una conferencia en Palacio Nacional, Zaldívar subrayó que el gobierno federal respalda el principio constitucional que prohíbe la retroactividad de las leyes en perjuicio de las personas.
“Como lo ha dicho la presidenta, no estamos a favor de ningún tipo de retroactividad. Por eso, de manera muy respetuosa, sugerimos a las y los legisladores hacer adecuaciones al artículo sin cambiar su sentido, simplemente dándole claridad”, afirmó.
El exministro se refirió al Artículo Primero Transitorio del proyecto de decreto, que indica que los asuntos en trámite deberán continuar su curso conforme a las disposiciones de la reforma una vez que entre en vigor. Según señaló, el texto generó inquietudes sobre posibles efectos retroactivos.
En referencia al decreto de reformas a la Ley de Amparo, Arturo Zaldívar explicó que las leyes solo aplican a actos posteriores a su entrada en vigor. pic.twitter.com/5uLsFrTBTa
— EjeCentral (@EjeCentral) October 3, 2025
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¿Qué dice la Constitución sobre la retroactividad de la Ley de Amparo?
Zaldívar recordó que el Artículo 14 de la Constitución establece que ninguna ley tendrá efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Explicó que las normas jurídicas rigen hacia el futuro, salvo cuando su aplicación favorece a un individuo.
“Si alguien tiene un derecho emanado de un contrato, no se puede desconocer con una ley posterior. Si una conducta era lícita y después se convierte en delito, no puede sancionarse lo que ocurrió antes de que la norma entrara en vigor”, puntualizó.
Asimismo, destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sostenido en su jurisprudencia que la Ley de Amparo es de carácter procesal, por lo que solo regula actos y etapas posteriores a su promulgación. Esto significa que no se afectan procedimientos ya concluidos ni derechos adquiridos.
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Propuestas de Zaldívar al Congreso sobre la reforma de la Ley de Amparo
En su propuesta, Zaldívar recomendó incorporar precisiones al Artículo 1° Transitorio para evitar dudas en la interpretación legislativa. Las sugerencias principales son:
- Aclarar que la Ley de Amparo es una norma procesal.
- Establecer que las etapas procesales concluidas generan derechos adquiridos y se rigen por la legislación vigente en el momento en que iniciaron.
- Confirmar que las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor de la reforma se regirán por las nuevas disposiciones, sin afectar derechos previos ni implicar retroactividad.
De acuerdo con Zaldívar, estas adiciones permitirán blindar la reforma contra interpretaciones erróneas y garantizarán seguridad jurídica para los ciudadanos.
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Reforma de la Ley de Amparo en discusión en el Congreso
La iniciativa de reforma a la Ley de Amparo forma parte de los cambios impulsados en materia de justicia. El Congreso de la Unión analiza las disposiciones y, en caso de aprobación, el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El coordinador reiteró que la propuesta busca alinear el texto legislativo con el mandato constitucional y con los criterios de la SCJN, a fin de garantizar que el sistema jurídico mexicano mantenga claridad y certeza en su aplicación.