SAT lanza nueva plataforma obligatoria para la DIOT a partir de agosto de 2025: todo lo que debes saber
El SAT anunció que desde agosto de 2025 la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) solo podrá presentarse mediante una nueva plataforma digital

El SAT dio a conocer que la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), se presentará de forma mensual, o cada seis meses. Conoce todos los detalles
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 1 de agosto de 2025, las personas físicas y morales que estén obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberán hacerlo exclusivamente a través de una nueva plataforma digital desarrollada por la dependencia.
Esta herramienta fue anunciada en febrero de este año y reemplaza los esquemas anteriores para facilitar el cumplimiento de esta obligación fiscal.
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¿Qué es la DIOT y quiénes deben presentarla?
La DIOT es una declaración informativa mediante la cual los contribuyentes reportan al SAT la información relativa al pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las operaciones realizadas con sus proveedores.
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) July 30, 2025
El SAT informa que, a partir del 1 de agosto, la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe presentarse únicamente a través de la nueva plataforma digital, disponible en: https://t.co/13LzWtn0Ri.
La plataforma permite la carga masiva de… pic.twitter.com/edrRaMh3UA
Este trámite es obligatorio y debe presentarse mensualmente, salvo en el caso de contribuyentes del sector primario (actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras), quienes pueden hacerlo de forma semestral.
¿Cuándo y cómo se debe presentar la DIOT en la nueva plataforma del SAT?
Desde el 1 de agosto de 2025, la única forma válida de cumplir con esta obligación será a través del nuevo portal habilitado por el SAT:
https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx
La nueva plataforma ofrece las siguientes funcionalidades:
- • Envío de más de 40 mil registros sin acudir a oficinas del SAT.
- • Acuse de recibo automático al enviar la declaración.
- • Carga masiva de datos mediante archivo .txt (batch).
- • Captura manual de hasta 30 registros, útil para contribuyentes con pocas operaciones o que necesiten agregar datos a una carga previa.
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Requisitos para presentar la DIOT en 2025
Para ingresar a la plataforma y enviar la declaración, se requiere lo siguiente:
- • Contraseña del SAT, en el caso de personas físicas.
- • Firma electrónica (e.firma), en el caso de personas morales.
El sistema está habilitado para:
- • Declaraciones del ejercicio 2025.
- • Declaraciones extemporáneas de los ejercicios 2024 y anteriores.
¿Dónde consultar guías y reimprimir acuses anteriores?
El Portal del SAT pone a disposición de los contribuyentes las guías de llenado actualizadas para facilitar el uso del nuevo sistema.
En caso de necesitar la reimpresión de acuses de ejercicios 2024 o anteriores, se puede hacer desde este enlace:
https://www.acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm
El SAT busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales
El organismo fiscal destacó que con esta nueva plataforma se busca “implementar mecanismos accesibles y de uso simplificado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales”, especialmente en lo referente a la declaración informativa de operaciones con terceros.
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AM3