Suprema Corte de Justicia de la Nación frena amparo de Walmart México para ampliar IVA 0% en productos menstruales

4 de Marzo de 2026

Suprema Corte de Justicia de la Nación frena amparo de Walmart México para ampliar IVA 0% en productos menstruales

La SCJN negó el amparo a Walmart y determinó que no tiene legitimación para ampliar el IVA 0% a más productos de higiene menstrual

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Por cinco votos contra cuatro, la Corte rechazó que la cadena Walmart México obtuviera un beneficio fiscal que implicaría “ventaja indebida en el mercado”

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Por cinco votos contra cuatro, la Corte rechazó que la cadena Walmart México obtuviera un beneficio fiscal que implicaría “ventaja indebida en el mercado”
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo promovido por Walmart de México con el que la cadena comercial pretendía aplicar la tasa de 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los productos de gestión menstrual que vende, y no únicamente a toallas sanitarias, tampones y copas, como actualmente establece la ley.

Por mayoría de cinco votos contra cuatro, el Pleno determinó que la empresa no tiene legitimación para representar los derechos de las mujeres ni de las personas menstruantes, y concluyó que concederle el beneficio implicaría una “ventaja indebida en el mercado”, sin que exista garantía de que la medida se traduzca en una reducción real de precios para las consumidoras.

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¿Cuántas personas menstruantes hay en México?

El proyecto de amparo en revisión 551/2024, elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, planteaba declarar inconstitucional el artículo 2-A, primer párrafo, de la Ley del IVA, con el fin de extender la tasa cero a artículos como ropa interior absorbente o parches para cólicos.

Durante la sesión, el ministro ponente expuso cifras sobre la relevancia del tema:

“Según datos oficiales, una persona menstrúa aproximadamente 2 mil 535 días de su vida, esto equivale a siete años seguidos. En México, más de 43 millones de personas menstruantes, entre 15 y 40 años, tienen su ciclo menstrual. Y cuatro de cada 10 viven en una situación de pobreza multidimensional”.

Espinosa Betanzo explicó que el asunto tiene como eje definir si es constitucional que algunos productos destinados a la gestión menstrual reciban un trato fiscal distinto.

Recordó que la ley ya contempla tasa cero para toallas sanitarias, tampones y copas, pero mantiene el gravamen en otros artículos como esponjas marinas, paños o tela menstrual, jabones y toallas para higiene íntima y parches para cólicos.

“La voluntad legislativa fue eliminar la incidencia económica en las personas menstruantes, basado en una condición biológica del género, cuyo ciclo se repite aproximadamente cada mes”, agregó.

También sostuvo que “Hay otros productos destinados a la gestión menstrual que también deberían tener un trato similar. Los que señala la Ley del IVA no son únicos ni exclusivos. Esa es la razón por la cual podría ampliarse este trato igualitario a los productos que ha señalado la empresa quejosa”.

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Ministros señalaron que Walmart México no acredita afectación directa por el IVA y que corresponde al Congreso modificar la ley / Foto: Especial

¿Qué dijo la Suprema Corte sobre el amparo de Walmart sobre productos menstruales?

Sin embargo, la mayoría del Pleno rechazó la propuesta. La ministra Lenia Batres Guadarrama, quien votó en contra, señaló que otorgar el amparo significaba conceder a la empresa “ventajas indebidas en el mercado” que no necesariamente beneficiarían a las personas menstruantes.

“La finalidad fue gravar a tasa 0 productos de higiene menstrual relacionados directamente con la absorción del flujo menstrual y no a productos de higiene íntima diversos para este fin”, mencionó. Añadió que el Poder Legislativo buscó favorecer el acceso masivo a productos de consumo indispensable, aquellos “cuyo uso no puede evitarse y que son los primarios para la higiene”.

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz coincidió en que no existe legitimación para la empresa recurrente y sostuvo que es facultad del Congreso modificar la lista de artículos con tasa cero.

“No hay duda que un sector de la población requiere de esta atención, pero en este caso no se surte la legitimación a favor de la empresa que está como recurrente. Por eso voy a estar en contra del proyecto”, explicó.

También advirtió que la medida no beneficiaría a todas las mujeres:

“Millones de mujeres indígenas no tienen oportunidad de ir a esta tienda comercial, en automático quedarían excluidas. Es una mejor solución que, a través de una reforma a la ley, en que podamos beneficiar realmente a todas las mujeres”.

La ministra María Estela Ríos González consideró positivo que la empresa busque una responsabilidad social, “pero no me parece adecuado que pretendan cargarla al erario de la nación”.

En contraste, votaron a favor del proyecto Irving Espinosa, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz Ahlf y Arístides Guerrero García.

Ortiz Ahlf sostuvo que, de concederse el amparo, se reduciría el costo de estos productos y se “eliminarían todos los obstáculos” para que las mujeres lleven de “manera dignasu menstruación.

Finalmente, el Pleno dejó claro que Walmart no acredita afectación directa por el cobro del impuesto y que cualquier ampliación del beneficio fiscal deberá resolverse mediante una reforma legislativa, no por la vía judicial.

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El proyecto buscaba extender la tasa cero a ropa menstrual y parches, pero el Pleno resolvió que la vía no es judicial sino legislativa / Foto: Canva

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