Corte elimina cobros a ciudadanos por acceder a información pública; ¿cuánto se pagaba?

27 de Septiembre de 2025

Corte elimina cobros a ciudadanos por acceder a información pública; ¿cuánto se pagaba?

Los ministros de la Suprema Corte aprobaron frenar los cobros excesivos para los ciudadanos que quieren tener copias de documentos públicos

Corte elimina cobros a ciudadanos por acceder a información pública

Ministros durante sesión de la Suprema Corte

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X (@SCJN) / befunky

Ministros durante sesión de la Suprema Corte
X (@SCJN) / befunky

En los últimos años el acceso a la información pública ha tenido avances significativos, cualquier ciudadana o ciudadano sabe que está en su derecho de hacer solicitudes a las instancias correspondientes para pedir datos de interés. Sin embargo, en algunos estados los cobros el cobro representa un impedimento.

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Ante esta situación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que todas las personas tienen derecho a recibir información pública en formato digital de manera gratuita, sin que existan tarifas que limiten el ejercicio de este derecho.

Nuevo reglamento SCJN 2025
Sesión solemne de la nueva Suprema Corte / Foto: Cuartoscuro

Con esta decisión, el Pleno declaró inválidos diversos artículos de las leyes de ingresos de 21 municipios de Michoacán, Durango y Guerrero, que establecían cobros por la entrega de documentos en medios electrónicos.

¿Cuánto se cobra por solicitar y recibir información pública?

Las cuotas varían dependiendo de cada gobierno local y/o estatal y dependiendo de cada caso. Los municipios imponían cuotas que iban de 22 hasta más de 500 pesos por hoja digitalizada, montos que, aseveró la Corte, no correspondían al costo real del servicio y violaban el principio de proporcionalidad tributaria.

En la sesión se ejemplificó con un caso en Jacona, Michoacán, donde la legislación local fijaba una tarifa diferenciada:

  • 15 pesos por hoja para estudiantes
  • 4 pesos para el público en general
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El Pleno consideró que esta medida era desproporcionada y limitaba el acceso de los jóvenes a la educación.

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Al respecto, la SCJN recordó que el derecho a la información es fundamental, ya que permite a las personas acceder a la educación, participar en la vida política y desarrollarse plenamente. En palabras de la Corte, se trata de un “derecho llave” que abre la puerta al ejercicio de otros derechos.

La resolución también incluyó un llamado a los congresos estatales para que, al aprobar leyes de ingresos municipales, utilicen un método o fórmula que refleje el costo real del fotocopiado, base sobre la cual podrían establecerse cuotas razonables en el caso de información impresa, sin afectar el acceso digital gratuito.

Acciones de inconstitucionalidad

Los ministros analizaron cinco acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Estas impugnaciones buscaban anular disposiciones de leyes de ingresos de municipios de Michoacán, Durango, Guerrero y Colima, aprobadas para el ejercicio fiscal 2025 y publicadas en diciembre de 2024.

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Con este fallo, la Corte busca sentar un precedente que garantiza el acceso libre a la información pública digitalizada en todo el país.

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