El señor Bestia y la serpiente desplumada

23 de Mayo de 2025

Jorge Muñoz
Jorge Muñoz

El señor Bestia y la serpiente desplumada

Columna Jorge Muñoz

Jorge Muñoz

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EjeCentral

En días recientes se ha desatado una polémica sobre la pertinencia de un video publicado por el youtuber Mr. Beast, en el que se utilizan diversas zonas arqueológicas para realizar contenido publicitario de un producto promocionado como “el único chocolate aprobado por los mayas”.

Cabe resaltar que la persona que realizó el video contaba con el permiso del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), por lo que ahora resulta inexplicable que se pretenda sancionarla. El problema tiene varias aristas:

En primer lugar, la ausencia de temas de relevancia y la falta de oposición política vuelven este contenido un tema digno de respuesta presidencial, debido a lo redituable que le resulta políticamente exaltar los ímpetus nacionalistas frente a una falsa amenaza extranjera, explotando la idea de que se trata de un lucro indebido a costa de elementos sagrados e identitarios para cientos de miles de mexicanos.

En segundo lugar, encontramos un celo exacerbado por resguardar las tradiciones de los pueblos originarios frente a un supuesto colonialismo intelectual que pretende utilizar la originalidad de las culturas precolombinas sin respeto alguno. Esto contrasta con el hecho de que el gobierno federal hace poco o nada por salvaguardar el patrimonio cultural que se nos ha legado cuando se trata de construir un tren no rentable. Hablamos, pues, de un problema de congruencia y legitimidad.

Por último, vale la pena analizar la pertinencia de la ley vigente y su aplicabilidad al caso concreto. Las autoridades han señalado que Mr. Beast y su equipo infringieron diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, por lo cual serían acreedores a multas y posiblemente a sanciones penales.

Dicha ley, aunque busca proteger el patrimonio cultural de las y los mexicanos, data de una época (1972) en la que no existía la posibilidad de que una persona física, sin el respaldo de una compañía con infraestructura en telecomunicaciones de alta tecnología, pudiera videograbar, transmitir, publicar e incluso monetizar contenido audiovisual por cuenta propia a través de plataformas digitales. Esto nos lleva a cuestionar si una ley anterior a la existencia misma de la conducta que se pretende sancionar puede aplicarse correctamente.

En ese orden de ideas, parecería que, si se contaba con el permiso correspondiente, no debería existir amenaza de sanción ni una demanda administrativa como la interpuesta por la propia autoridad tras la publicación del video. Asimismo, resulta sintomático que ahora se pretenda castigar a quien cumplió la norma hasta donde la autoridad se lo requirió.

Nada daña más al prestigio de México y a la promoción de su diversidad que el hecho de que sus autoridades busquen sancionar a quienes, de buena fe, cumplieron con las reglas. Esto probablemente desincentivará la difusión de su grandeza cultural.

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