CDMX aprueba licencia obligatoria para conductores de vehículos eléctricos: ¿de qué trata y cuándo entra en vigor?
Con la aprobación de la licencia obligatoria se buscan cerrar vacíos legales en materia de seguridad vial y regulación urbana, señaló el Congreso de la Ciudad de México

Con la aprobación de la licencia obligatoria se buscan cerrar vacíos legales en materia de seguridad vial y regulación urbana, ante la proliferación de bicicletas eléctricas, scooters y bicimotos en la CDMX
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La Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma en la que los conductores de scooters, bicicletas y motos eléctricas tendrán que contar obligatoriamente con licencia para conducir.
De acuerdo con las autoridades capitalinas, la iniciativa aprobada obligará a todos los dueños de estos vehículos tener licencia de conducir para operar en la Ciudad de México. A continuación, te contamos todos los detalles y cuándo entrará en vigor.
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¿Qué licencia se necesita para manejar un scooter eléctrico, bicicletas eléctricas y bicimotos?
Hay que señalar que la propuesta, impulsada por la jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, recibió seis votos a favor y una abstención en la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, por lo que se dio luz verde a una reforma sobre la circulación de vehículos eléctricos personales en la capital, la cual dará un giro de 180 grados.
Y es que, a partir de la modificación a la Ley de Movilidad, quienes conduzcan vehículos eléctricos deberán portar licencia de manejo y documentación obligatoria.
Esta nueva reforma establece nuevos requisitos para la operación de vehículos eléctricos personales, como:
- Scooters
- Bicicletas eléctricas
- Motonetas
- Bicimotos
La intención de esta reforma es regular el uso de estos medios de transporte y terminar con los vacíos legales que han surgido en torno a su circulación ante el crecimiento acelerado que se ha dado en los últimos años. La iniciativa contempla la creación de una nueva categoría denominada Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPES).
Aprueban en el Congreso de la CDMX licencia obligatoria para conductores de vehículos eléctricos personales
— Raúl Gutiérrez (@RaulGtzNR) August 8, 2025
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La VEMEPES incluye aquellos vehículos que cuenten con acelerador independiente, motor eléctrico, dos o más ruedas y que superen los 25 kilómetros por hora y deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- - Portar licencia de conducir específica para el tipo de vehículo.
- - Contar con placas y tarjeta de circulación.
- - Usar casco y chaleco reflejante de manera obligatoria.
- - Registrarse ante la Secretaría de Movilidad (Semovi).
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VEMEPES en la CDMX
Asimismo, la iniciativa aprobada contempla que los VEMEPES se clasifican en dos tipos según su peso:
- Tipo A (menores a 35 kilogramos)
- Tipo B (entre 35 y 350 kilogramos).
Ambos deberán cumplir con las disposiciones establecidas en la reforma
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¿Cuándo entraría en vigor la licencia obligatoria para vehículos eléctricos?
En este contexto, el dictamen establece que el gobierno de la CDMX tiene un plazo de 360 días para realizar las adecuaciones necesarias al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad, esto con la finalidad de implementar esta nueva licencia.
Requisitos para conductores de vehículos eléctricos:
- - Portar licencia de conducir específica para el tipo de vehículo
- - Registrar la unidad ante la SEMOVI
- - Portar casco y chaleco reflectante
- - Contar con placas y tarjeta de circulación
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