¿Padres o abuelos pueden recibir pensión por muerte del IMSS de un trabajador fallecido? Esto dice la Corte
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declara inconstitucional excluir a padres dependientes de pensión por muerte del IMSS

Padres y abuelos que dependían económicamente de un trabajador fallecido ya no podrán ser excluidos de la pensión por muerte del IMSS.
/Foto: EjeCentral con IA
Padres y abuelos que dependían económicamente de un trabajador fallecido podrán recibir pensión por muerte, incluso si existen otros beneficiarios.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que declara inconstitucional excluir a los ascendientes —como padres o abuelos— del derecho a una pensión por muerte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). El fallo responde a la necesidad de adaptar el sistema de seguridad social a las realidades familiares actuales y evitar actos de discriminación.
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¿Qué resolvió la SCJN sobre la pensión por muerte del IMSS?
La Segunda Sala de la SCJN determinó que el reglamento del IMSS violaba los principios de igualdad y no discriminación al impedir que padres o abuelos, que dependían económicamente del asegurado fallecido, accedieran a la pensión por muerte.
La resolución establece que:
- Padres, madres o abuelos que dependían del trabajador fallecido tienen derecho a recibir pensión, aunque existan otros beneficiarios como cónyuges o hijos.
- Excluir a los ascendientes únicamente por su relación familiar es considerado discriminatorio e injusto.
Además, el fallo también aclara que:
- Hijos e hijas menores de edad, estudiantes o con discapacidad deben recibir una pensión igual a la que recibe el cónyuge viudo.
- Otorgarles un monto menor viola el principio de equidad, ya que no pueden mantenerse por sí mismos.
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¿Qué cambia con esta decisión de la Corte?
Antes de esta sentencia, el reglamento del IMSS daba preferencia al cónyuge y a los hijos como únicos beneficiarios directos, dejando fuera a los padres o abuelos, sin considerar si estos dependían económicamente del asegurado.
Con esta nueva interpretación:
- El IMSS deberá modificar su criterio para el otorgamiento de pensiones por muerte.
- Ya no se podrán exigir requisitos que resulten discriminatorios o contrarios al principio de justicia social.
- Se reconoce que las familias no siempre se ajustan al modelo tradicional, por lo que el sistema de seguridad social debe ser más incluyente.
¿A quién beneficia esta resolución sobre la pensión por muerte del IMSS?
Esta decisión amplía el acceso a la pensión por muerte a miles de personas que antes estaban excluidas:
- Adultos mayores que dependían económicamente de sus hijos.
- Abuelos que vivían bajo el cuidado de un trabajador fallecido.
- Familias diversas, en las que los vínculos de apoyo no necesariamente siguen la jerarquía establecida por la ley anterior.
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¿Por qué se considera un fallo histórico de la SCJN?
La Corte subraya que el derecho a la seguridad social no puede estar limitado por estructuras familiares rígidas o formalismos legales. Se deben privilegiar los vínculos reales de dependencia económica y protección familiar.
El comunicado de prensa destaca que esta decisión representa un avance en los derechos sociales, al eliminar barreras que impedían el acceso justo a beneficios por pensión.
¿Qué implica la resolución de la SCJN sobre pensión por muerte del IMSS?
- La SCJN declaró inconstitucional excluir a padres y abuelos del acceso a pensión por muerte si dependían económicamente del trabajador fallecido.
- La resolución aplica incluso si existen cónyuge o hijos como beneficiarios.
- Se ordena igualdad de trato en pensiones para hijas e hijos menores, estudiantes o con discapacidad.
- El IMSS deberá ajustar sus criterios conforme a esta resolución.
- Se reconoce la diversidad familiar como parte del derecho a la seguridad social.