TEPJF “tira” sanción contra Samuel García por publicaciones de Mariana Rodríguez

29 de Abril de 2024

TEPJF “tira” sanción contra Samuel García por publicaciones de Mariana Rodríguez

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Por el caso que implica a Mariana Rodríguez, Samuel García y Movimiento Ciudadano le ganaron al INE una batalla de más de 55 millones de pesos

Samuel García y Movimiento Ciudadano le ganaron al Instituto Nacional Electoral (INE) una batalla de más de 55 millones de pesos.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que García y el partido no pueden ser castigados por las publicaciones de Instagram que realizó la influencer Mariana Rodríguez Cantú (en favor de su esposo y entonces candidato). Sus posteos fueron “espontáneos”, “auténticos” y “libres”, dijo el pleno.

En un debate sin disidencias la Sala Superior argumentó que Rodríguez Cantú actuó con espontaneidad y en ejercicio de su libertad de expresión.

Así, el Tribunal Electoral ordenó al INE revocar la sanción contra Movimiento Ciudadano y Samuel García que castigaba a dichos actores políticos por las publicaciones de la influencer.

Anteriormente, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE valuó en 27.8 millones de pesos las mil 330 historias de Instagram y 45 fotografías alusivas a la campaña que Mariana Rodríguez subió a sus redes sociales.

Luego el 22 de julio el Consejo General del INE determinó sancionar al entonces candidato y al partido con 55.4 millones de pesos por no declarar como gastos de campaña las publicaciones de Mariana Rodríguez. Sin embargo la sentencia fue impugnada.

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Las y los magistrados determinaron que Mariana Rodríguez usa sus redes sociales no únicamente con fines comerciales, por lo que no se puede señalar que las publicaciones en su Instagram, con más de un millón de seguidores, representen un gasto de campaña no declarado.

https://twitter.com/samuel_garcias/status/1437879013943308290?s=20

Además, el magistrado José Luis Vargas Valdez indicó que en la sentencia del INE no se logra acreditar que Rodríguez Cantú haya sostenido una relación contractual por hacer publicidad en la campaña, entonces no se puede determinar que ella trabajó formalmente para Samuel García y por ende que hubo gastos no reportados.

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En su intervención la magistrada Jeanine Otálora expresó que es urgente que las autoridades electorales fijen parámetros para saber cómo proceder en estos casos. Aseguró que la legislación actual se enfoca en sancionar mensajes “en un sistema que se ha visto rebasado por las nuevas formas de comunicación política”.

Ahora, el INE deberá rectificar esa parte de la sentencia contra el emecista y el partido que lo sanciona por las publicaciones de la influencer.

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